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Medidas urgentes para el sector energético

Recientemente ha salido el Real Decreto Ley de Medidas Urgentes en el Sector Enerético. Como leerlo del BOE es un poco árido, en Enervía hay elaborado un resumen "en prosa". Para acceder al enlace se necesita suscripción. Es gratuita y no genera spam, así que podéis hacerlo, pero por si acaso no lo queréis hacer, corto-pego. Espero que los de Enervía no se enfaden, ya que les hago un poco de publicidad.

Las medidas contempladas para el sector eléctrico son:

Supresión de los CTC en beneficio de los consumidores

La nueva normativa elimina los Costes de Transición a la Competencia por considerarse que en la actualidad son ineficientes e innecesarios. Su desaparición permite que las aportaciones previstas por este concepto hasta el año 2010 reviertan en beneficio de los consumidores.

Son ineficientes porque distorsionan los precios. La razón es que los CTC varían al hacerlo los precios de mercado porque se cobran por la diferencia entre los ingresos y los costes del sistema, de forma que incentivan a las empresas a hacer ofertas ineficientes en el mercado. Por añadidura, se calcularon en 1996 en base a hipótesis hoy obsoletas (horas de funcionamiento de las instalaciones, precios de los combustibles, tipos de interés, etc.)

Son innecesarios porque su grado de amortización, como ha certificado recientemente la Comisión Nacional de Energía, es muy alto a causa de que las empresas han generado muchos más ingresos por encima de sus costes que lo previsto en 1996.

Paralelamente a la supresión de los CTC, se habilita al Gobierno a establecer planes de financiación extraordinarios para aquellas sociedades titulares de instalaciones de producción de energía eléctrica que muestren especiales dificultades financieras, y también para establecer fuera del marco de los CTC primas al consumo de carbón autónomo.

Incentivos al consumo de carbón autóctono

En la normativa aprobada , se establece el sistema de incentivos al consumo de carbón autóctono, mediante el que se faculta al Gobierno para que pueda aprobar por motivos de seguridad del suministro un sistema de primas hasta un límite máximo de 10 euros por MWh producido.

El nuevo sistema permitirá la entrada preferente en funcionamiento de las instalaciones generadoras que utilicen fuentes de energía primaria autóctonas; en él se fijará el mecanismo de modulación de estas primas en función de la evolución de los precios de mercado de producción de energía eléctrica.

Con esta medida, que sustituye al sistema actual, vigente hasta diciembre de 2006 y enmarcado en el contexto de los costes de transición a la competencia, se cumple el compromiso adquirido por el Gobierno en el Plan de la Minería 2006-2012 de apoyar el carbón nacional por medio de un estímulo a su consumo.

Ganar eficiencia energética a través de la cogeneración eléctrica

En línea con las directrices de la Unión Europea, se potencia la eficiencia energética a través de la cogeneración mediante una serie de medidas como la eliminación de la necesidad del autoconsumo eléctrico y de la banda de retribución de estas plantas y la actualización del sistema de primas del régimen especial. En concreto, la nueva normativa acomete una serie de modificaciones que afectan al Régimen Especial, y entre ellas:

Eliminar la necesidad de autoconsumo eléctrico de las plantas que utilizan la cogeneración, primando no sólo los excedentes eléctricos, sino toda la electricidad cogenerada. Este medida pretende la igualdad de condiciones para todas las plantes de cogeneración, con independencia de que la planta industrial asociada consuma más o menos electricidad, eliminando las asimetrías existentes hasta la fecha.

Actualizar el sistema de primas señalados en la Ley; se establece la posibilidad de que todas las plantas sean retribuidas con el complemento de una prima por encima del precio del mercado (en la actualidad sólo pueden cobrar prima las instalaciones menores de 10 MW); esta medida persigue que no dejen de instalarse plantas de este tipo por falta de rentabilidad

Eliminar la banda de retribución de estas instalaciones, entre el 80 y el 90% de la tarifa medida de referencia, ya que no permite en algunos casos que la retribución sea suficiente para que se desarrollen las diferentes tecnologías.

Protección de los consumidores domésticos


El Real Decreto Ley aprobado hoy elimina los límites impuestos en la metodología de tarifas para efectuar la revisión de la tarifa media o de referencia (estipulada actualmente en un +2%) y de las variaciones de tarifas de suministro y de acceso (+0.6 de la tarifa media).

Con esta disposición se pretende diferenciar las subidas o bajadas en los distintos grupos tarifarios con el objeto de limitar al máximo el impacto de las subidas de precios de la electricidad en las economías domésticas y, complementariamente, asegurar que en las revisiones de las tarifas medias o de referencia se puedan cubrir todos los costes y evitar, como ocurrió en la tarifa de 2006, tener que confeccionarlas con una previsión de déficit a causa de una metodología elaborada cuando el petróleo mantenía un precio estable que rondaba los 25 dólares por barril (en la actualidad supera los 70 dólares por barril)

Desvincular de las tarifas las primas del Régimen Especial


Con la finalidad de acercar la retribución de las instalaciones de generación de régimen especial a la evolución real de los costes de estas tecnologías, la nueva normativa establece que la evolución de las primas y precios de las instalaciones del régimen especial no estará limitada por la revisión de la tarifa media.

Aumento de la competencia a través de subastas virtuales

Con la finalidad de disponer de un mecanismo para posibilitar la alternativa de contratación bilateral de determinados colectivos de consumidores, se amplía al medio y el largo plazo el período de contratación resultante de las subastas virtuales, que en la actualidad tenía un tope máximo de doce meses:

El objetivo de esta medida es hacer posible su instrumentación a corto plazo y fomentar la contratación bilateral entre las empresas eléctricas y los consumidores.

Las medidas contempladas para el sector gasista son:

Igualdad para los operadores en el almacenamiento de gas

Con la finalidad de garantizar la estabilidad del suministro, se introduce una disposición que garantiza la igualdad de las condiciones de todos los operadores en el acceso a la capacidad de almacenamiento de gas. En concreto, se sustituye el criterio cronológico establecido con carácter general por un sistema de reparto basado en criterios objetivos y transparentes, y especialmente en el porcentaje de ventas del año anterior.

La medida se justifica en que el conocido como “criterio cronológico” se demostrado que no es el más adecuado cuando la demanda supera a la oferta de capacidad, ya que no optimiza la gestión de las instalaciones y puede suponer un problema para la garantía del suministro.

Esta disposición permitirá la utilización de mecanismos de asignación de capacidad más apropiados a las necesidades actuales del sistema, permitiendo una optimización de las infraestructuras existentes y evitando situaciones de acaparamiento.

5 comentarios

alejandro -

Hola

Al hilo de esta noticia os enlazo una anotación en mi bitácora: http://www.ecoenergiablog.com/archives/2006/08/entry_115.html

indarki -

Paulino, no me escribas en los comentarios sobre tu propuesta, que no tiene nada que ver con el artículo.
Escribeme desde un correo electrónico al que pueda responderte y no me rebote.

Paulino Cuevas Caravia -

Indarki;Has dado con el "quid" de la cuestión.Efectivamente el rendimiento es pobre y el sistema complejo,pero Indarki.¿que sistema existe en el mundo que pueda convertir,por ejemplo, la energia térmica del mar en trabajo?,pero no solo esto,que ya lo es todo,sino que ademas puede convertir en trabajo energia que se manifiesta con temperaturas por debajo de 0ºC.Lo importante es que has cojido el "truco" de conseguir burlar las defensas del segundo principio sin tocarle ni un pelo.Lo que yo vulgarmente denomino "truco",es el haber utilizado dos ciclos,para intercambio de energias no "productivas" y que tendria que desechar para cerrar un ciclo,precisamente en zonas térmicas muy bajas,respecto a los alrededores.Has comprendido perfectamente la idea.Ahora solo falta profundizar mas y familiarizarse con el "proceso".Tal vez, despues de un analixis riguroso,podamos hacer algo mas sencillo y eficiente.Gracias Indarki.

indarki -

Paulino, ayer pude echar una ojeada a tus ciclos y, aparentemente, no me pareció encontrar ninguna violación de leyes termodinámicas (vamos, que teóricamente es posible, aunque lo tengo que mirar más), aunque de forma práctica me parece complejo. Echando números, veo que el único punto donde se obtiene trabajo útil es en la expansión de CO2, con 68 kJ/kg. Por otro lado, desde el exterior, parece que se aporta calor (169,68 kJ/kg) en la expansión isoterma y trabajo (102 kJ/kg) en la compresión entre 210K y 320K. Por favor revísame los números. Esto nos da un rendimiento teórico del ciclo cercano a 25%, que es más bien pobre. Si sumamos. los bombeos, las ineficiencias de la expansión isotérmica y que seguramente necesitaremos una máquina frigorífica hasta los 80-100 K para compensar pérdidas y saltos de temperatura en el intercambio de calor entre corrientes, no creo que la combinación de tus ciclo termodinámicos se acerquen mucho al 20% de eficiencia, superado ampliamente por cualquier central térmica convencional (38%) o ciclo combinado (56%)

Paulino Cuevas Caravia -

Hola ,Indarki,no te vas a librar de mi facilmente,si necesitas mas información me lo comunicas.Tengo mas temas relacionados con la energia.Si estas dispuesto a aguantar mas rollo,tengo uno relacionado con los ciclos combinados en centrales térmicas.Con muchisimo gusto te lo envio, si estas de acuerdo.Saludos.Paulino